Contrato de opción de compra de incentivos concedido bajo el Plan de Incentivos Acciones 2010 1. Concesión de Opción. Este acuerdo evidencia la concesión por Zipcar, Inc. una corporación de Delaware (la 147 Compañía 148), sobre. 20 (la 147 Fecha de la Donación 148) a. Un empleado de la Compañía (el 147 Participante 148), de una opción de compra total o parcial, en los términos previstos en este documento y en el Plan de Incentivos de Acciones de la Compañía 146 (el Plan 147 148), un total de acciones (147 acciones ordinarias 148) por acción, que es el valor justo de mercado de una acción ordinaria en la fecha de la donación. El plazo de las Acciones será de diez años después de la Fecha de la Donación (la Fecha Final de Ejercicio 148), sujeto a la terminación anterior en el caso de la terminación del Participante como se especifica en la Sección 3 siguiente. La aceptación de esta opción significa la aceptación de los términos de este acuerdo y del Plan, una copia de la cual se ha proporcionado al Participante. Se pretende que la opción evidenciada por este acuerdo sea una opción de compra de acciones de incentivos, tal como se define en la Sección 422 del Código de Rentas Internas de 1986, según enmendada, y cualquier reglamento promulgado en virtud del mismo. Excepto cuando se indique lo contrario por el contexto, se considerará que el término 147Participante 148, usado en esta opción, incluye a cualquier persona que adquiere el derecho de ejercer esta opción válidamente en sus términos. 2. Calendario de Vesting. Esta opción se ejercitará (147 chalecos 148) a 25 del número original de Acciones en el primer aniversario de la Fecha de Inicio de la Vencimiento ya una cantidad adicional de 2.0833 del número original de Acciones al final de cada mes sucesivo después de la primera Aniversario de la Fecha de Inicio de la Vencimiento hasta el cuarto aniversario de la Fecha de Inicio de la Vesting, siempre que el Participante siga siendo empleado de la Compañía. Para los fines de este Acuerdo, se entenderá por "Fecha de Inicio de la Compraventa". 20. Salvo que se especifique específicamente en este documento, el Participante debe ser empleado en una fecha de adquisición para que se produzca la adquisición. No habrá ninguna adquisición proporcional o parcial en el período anterior a cada fecha de consolidación, y toda adquisición se producirá solamente en la fecha de consolidación apropiada. El derecho de ejercicio será acumulativo de manera que en la medida en que la opción no se ejerza en cualquier período en la medida en que sea posible, continuará ejerciéndose, total o parcialmente, con respecto a todas las Acciones para las que esté Anterior de la Fecha de Ejercicio Final o la terminación de esta opción bajo la Sección 3 de este documento o el Plan. 3. Ejercicio de Opción. (A) Forma de Ejercicio. Cada elección para ejercer esta opción deberá ir acompañada de un Aviso de Ejercicio de Opciones sobre Acciones completado en el formulario adjunto como Anexo A. Firmado por el Participante y recibido por la Sociedad en su oficina principal, acompañado de este acuerdo, y el pago total en la forma prevista en el Plan. El Participante podrá comprar menos que el número de acciones cubiertas por la presente, siempre y cuando no se haga ejercicio parcial de esta opción para cualquier acción fraccionaria o para menos de diez acciones enteras. (B) Relación continua con la Compañía requerida. Salvo que se disponga lo contrario en esta Sección 3, esta opción no podrá ejercerse a menos que el Participante, al momento en que ejerza esta opción, sea, y haya estado en todo momento desde la Fecha de la Subvención, un empleado o funcionario o consultor O consejero de la Compañía o de cualquier padre o subsidiaria de la Compañía según se define en la Sección 424 (e) o (f) del Código (un Participante Elegible148). (C) Terminación de la relación con la Compañía. Si el Participante deja de ser un Participante Elegible por cualquier motivo, entonces, salvo lo dispuesto en los párrafos (d) y (e) siguientes, el derecho de ejercer esta opción terminará tres meses después de dicha cesación (pero en ningún caso después de la Fecha de Ejercicio), siempre que esta opción sólo pueda ejercerse en la medida en que el Participante tuviera derecho a ejercer esta opción en la fecha de dicha cesación. Sin perjuicio de lo anterior, si el Participante, antes de la Fecha de Ejercicio Final, viola las disposiciones de no competencia o confidencialidad de cualquier contrato de trabajo, confidencialidad y acuerdo de no divulgación u otro acuerdo entre el Participante y la Compañía, el derecho de ejercer esta opción terminará Inmediatamente después de dicha violación. (D) Período de ejercicio después de la muerte o incapacidad. Si el Participante muere o se incapacita (en el sentido de la Sección 22 (e) (3) del Código) antes de la Fecha de Ejercicio Final mientras sea un Participante Elegible y la Compañía no haya terminado dicha relación por la causa148 especificada En el apartado (e) siguiente, esta opción podrá ejercitarse, dentro del período de un año después de la fecha de fallecimiento o de incapacidad del Participante, por el Participante (o en caso de fallecimiento por un cesionario autorizado), siempre que esta opción Sólo podrá ejercerse en la medida en que esta opción fuera ejercida por el Participante en la fecha de su fallecimiento o incapacidad, y siempre que esta opción no pueda ejercerse después de la Fecha de Ejercicio Final. (E) Terminación por Causa. Si, antes de la Fecha de Ejercicio Final, el empleo del Participante es terminado por la Compañía por Causa (como se define más adelante), el derecho de ejercer esta opción terminará inmediatamente después de la fecha efectiva de dicha terminación de empleo. Si el Participante es parte de un contrato de empleo o de separación con la Compañía que contenga una definición de 147 causa148 para la terminación de empleo, 147Cause148 tendrá el significado atribuido a tal término en tal acuerdo. De lo contrario, 147Cobre148 significará una mala conducta intencional del Participante o una omisión intencional por parte del Participante de llevar a cabo sus responsabilidades ante la Compañía (incluyendo, sin limitación, el incumplimiento por el Participante de cualquier disposición de cualquier empleo, consultoría, Competencia u otro acuerdo similar entre el Participante y la Sociedad), según lo determine la Sociedad, cuya determinación será concluyente. Se considerará que el Participante ha sido dado de alta por Causa si la Compañía determina, dentro de los 30 días posteriores a la renuncia del Participante146, que se justifica el alta por causa justificada. 4. Derecho de Preferencia de la Empresa. (A) Aviso de Transferencia Propuesta. Si el Participante se propone vender, ceder, transferir, comprometer, hipotecar o enajenar de otro modo, por ley o de otro modo (colectivamente, 147) las Acciones adquiridas con el ejercicio de esta opción, el Participante deberá dar aviso por escrito de la propuesta Transferencia (el Aviso de Transferencia148) a la Compañía. La Notificación de Transferencia nombrará al cesionario propuesto y declarará el número de dichas Acciones que el Participante propone transferir (las 147 Acciones Autorizadas148), el precio por acción y todos los demás términos y condiciones materiales de la transferencia. (B) Derecho de la Compañía a la Compra. Durante los 30 días siguientes a la recepción de dicha Notificación de Transferencia, la Compañía tendrá la opción de comprar la totalidad o parte de las Acciones Ofrecidas al precio y en los términos establecidos en la Notificación de Transferencia. En caso de que la Compañía opte por comprar la totalidad o parte de las Acciones Ofrecidas, deberá notificar por escrito dicha elección al Participante dentro de dicho período de 30 días. Dentro de los 10 días siguientes a la recepción de dicha notificación, el Participante deberá presentar a la Sociedad en sus oficinas principales el certificado o los certificados representativos de las Acciones Ofrecidas a adquirir por la Sociedad, debidamente endosados en blanco por el Participante o con acciones debidamente endosadas Todas las facultades vinculadas a la misma, todo ello en forma adecuada para la transferencia de las Acciones Ofrecidas a la Sociedad. Inmediatamente después de recibir dicho certificado o certificados, la Compañía entregará o enviará por correo al Participante un cheque en pago del precio de compra de dichas Acciones Ofrecidas, siempre y cuando las condiciones de pago establecidas en la Notificación de Transferencia no fueran efectivo contra entrega, La Sociedad podrá pagar las Acciones Ofrecidas en los mismos términos y condiciones que se establecen en la Notificación de Transferencia y siempre que cualquier demora en el pago no invalide el ejercicio de la opción de compra de las Acciones Ofrecidas por la Sociedad. (C) Acciones No Compradas por la Compañía. Si la Sociedad no opta por adquirir la totalidad de las Acciones Ofrecidas, el Participante podrá transferir, dentro del período de 30 días siguientes a la expiración de la opción otorgada a la Sociedad en virtud de la subsección (b) anterior, las Acciones Ofrecidas que la Sociedad no haya Elegido para adquirir al cesionario propuesto, siempre que dicha transferencia no se realice en términos y condiciones más favorables para el cesionario que los contenidos en la Notificación de Transferencia. Sin perjuicio de lo anterior, todas las Acciones Ofertadas transferidas de conformidad con esta Sección 4 permanecerán sujetas al derecho de preferencia establecido en esta Sección 4 y dicho cesionario, como condición para dicha transferencia, entregará a la Compañía un instrumento escrito que confirme Que dicho cesionario estará obligado por todos los términos y condiciones de esta Sección 4. (d) Consecuencias de la No Entrega. Después de la fecha en que las Acciones Ofrecidas deban entregarse a la Compañía para ser transferidas a la Compañía conforme a la subsección (b) anterior, la Compañía no pagará dividendos al Participante a cuenta de dichas Acciones Ofrecidas o permitirá que el Participante Ejercerá cualquiera de los privilegios o derechos de un accionista con respecto a dichas Acciones Ofrecidas, pero, en la medida en que lo permita la ley, tratará a la Sociedad como el propietario de dichas Acciones Ofrecidas. E) Transacciones exentas. Las siguientes transacciones estarán exentas de las disposiciones de esta Sección 4: (1) cualquier transferencia de Acciones al cónyuge, hijo o nieto del Participante o para beneficio de éste, oa un fideicomiso en su beneficio (2) A una declaración de registro efectiva presentada por la Compañía bajo la Ley de Valores de 1933, según enmendada (la Ley de Valores 147) y (3) la venta total o sustancial de todas las acciones en circulación de la Compañía (incluyendo una fusión O consolidación). sin embargo . Que en el caso de una transferencia conforme a la cláusula (1) anterior, dichas Acciones permanecerán sujetas al derecho de preferencia establecido en esta Sección 4 y dicho cesionario, como condición para dicha transferencia, entregará a la Compañía una Instrumento que confirme que dicho cesionario estará obligado por todos los términos y condiciones de esta Sección 4. (f) Cesión de Derecho de la Compañía. La Sociedad podrá ceder sus derechos de compra de Acciones Ofrecidas en cualquier transacción particular bajo esta Sección 4 a una o más personas o entidades. (G) Terminación. Las disposiciones de esta Sección 4 terminarán cuando: (1) el cierre de la venta de acciones ordinarias en una oferta pública suscrita de acuerdo con una declaración de registro efectiva presentada por la Compañía bajo la Ley de Valores o ( 2) la venta de la totalidad o la mayoría de las acciones en circulación del capital social, activos o negocios de la Compañía, por fusión, consolidación, venta de activos o de otro tipo (excepto una fusión o consolidación en la que todos o sustancialmente todos los individuos Y las entidades que eran propietarios efectivos de los valores con derecho a voto de la Compañía inmediatamente antes de dicha transacción, son propietarias, directa o indirectamente, de más de 75 (determinados en base a conversión) de los valores en circulación con derecho a voto general en la elección de directores de la Resultante, sociedad sobreviviente o adquirente en dicha transacción). (H) Ninguna Obligación de Reconocer la Transferencia Inválida. No se exigirá a la Sociedad (1) que transfiera en sus libros ninguna de las Acciones que hayan sido vendidas o transferidas en violación de cualquiera de las disposiciones establecidas en esta Sección 4, o (2) tratar como propietario de dichas Acciones O pagar dividendos a cualquier cesionario a quien tales Acciones hayan sido vendidas o transferidas. (1) Como mínimo, el certificado representativo de las Acciones deberá llevar una leyenda sustancialmente en la siguiente forma: 147Las acciones representadas por este certificado están sujetas a un derecho de preferencia a favor de la Compañía, según lo dispuesto en un acuerdo de opción de compra con (2) Además, todos los certificados de Acciones entregados en virtud del presente Acuerdo estarán sujetos a tales órdenes de transferencia de suspensión y otras restricciones que la Sociedad considere oportunas de conformidad con las normas, reglamentos y otros requisitos de la Comisión de Valores, Sobre la cual se cotizan las acciones ordinarias de la Compañía o cualquier sistema nacional de intercambio de valores sobre cuyo sistema se cotiza la acción ordinaria de la Compañía o cualquier ley aplicable de valores, u otra ley aplicable, y la Compañía puede causar una leyenda o Leyendas que se pondrán en dichos certificados para hacer referencia apropiada a tales restricciones. 5. Acuerdo en conexión con la oferta pública inicial. El Participante acuerda, en relación con la oferta pública inicial suscrita de las Acciones Ordinarias conforme a una declaración de registro bajo la Ley de Valores, (i) no (a) ofrecer, prometer, anunciar la intención de vender, vender, Vender cualquier opción o contrato para comprar, comprar cualquier opción o contrato para vender, otorgar cualquier opción, derecho o warrant para comprar, o de otra manera transferir o disponer, directa o indirectamente, de acciones ordinarias u otros valores de la Compañía o (B) celebrar cualquier canje o cualquier otro acuerdo que transfiera total o parcialmente las consecuencias económicas de la propiedad de acciones ordinarias u otros valores de la Compañía, ya sea que se trate de cualquier transacción descrita en las cláusulas (a) o (b) ) Se liquidará mediante la entrega de valores, en efectivo o de otro modo, durante el período que comienza a partir de la fecha de presentación de dicha declaración de registro con la Comisión de Valores y Valores y terminará 180 días después de la fecha del prospecto final relativo a la oferta (Más hasta un período adicional de 34 días en la medida en que lo soliciten los aseguradores gestores para dicha oferta a fin de atender la Regla 2711 (f) de la Asociación Nacional de Valores Comerciales, Inc. o cualquier otra disposición sucesora similar), y (ii) Ejecutar cualquier acuerdo que refleje la cláusula (i) anterior que pueda ser solicitado por la Compañía o los suscriptores gestores en el momento de dicha oferta. La Sociedad podrá imponer instrucciones de suspensión de la transferencia con respecto a las acciones ordinarias u otros valores sujetos a la restricción anterior hasta el final del período de bloqueo148. (A) Artículo 422 Requisito. Las Acciones que se conceden por el presente están destinadas a calificarse como 147 opciones de acciones de incentivo148 bajo la Sección 422 del Código. Sin perjuicio de lo anterior, las Acciones no podrán considerarse opciones de compra de acciones, si entre otras circunstancias: a) el Participante dispone de las Acciones adquiridas al ejercer esta opción dentro de los dos años siguientes a la Fecha de la Subvención o un año después de que dichas Acciones estuvieran (B) excepto en caso de fallecimiento o discapacidad del Participante (como se describe en la Sección 3 (d) anterior), el Participante no está empleado por la Compañía, una matriz o una subsidiaria en todo momento durante El período que comienza en la Fecha de la Subvención y termina en el día que es tres (3) meses antes de la fecha de ejercicio de cualquiera de las Acciones o (c) en la medida en que el valor justo de mercado agregado de las Acciones Que pueden ser ejercitables por primera vez en cualquier año calendario (bajo todos los planes de la Compañía, una matriz o una subsidiaria) excede los 100,000. Para efectos de la cláusula de este párrafo, el valor de mercado justo148 de las Acciones se determinará a partir de la Fecha de la Subvención de acuerdo con los términos del Plan. (B) Descargo de Disposición. En la medida en que una acción no califique como opción de compra de acciones, 148 no afectará la validez de dichas Acciones y constituirá una opción de compra de acciones no calificada separada. En el caso de que el Participante disponga de las Acciones adquiridas en el ejercicio de esta opción en un plazo de dos años a partir de la Fecha de la Subvención o un año después de la adquisición de dichas Acciones conforme al ejercicio de esta opción, ) Días posteriores a dicha disposición, una notificación por escrito especificando la fecha en que se hayan dispuesto de dichas acciones, el número de acciones así dispues - tas y, si dicha disposición fuera por venta o intercambio, el monto de la contraprestación recibida. (C) Retención. Ninguna Acción será emitida de acuerdo con el ejercicio de esta opción a menos que y hasta que el Participante pague a la Compañía o haga provisión satisfactoria a la Compañía para el pago de cualquier retención federal, estatal o local requerida por la ley que sea retenida con respecto a esta opción. 7. No transferibilidad de la opción. Salvo que se disponga otra cosa en el presente, esta Opción no podrá ser vendida, cedida, transferida, comprometida o gravada de otro modo por el Participante, voluntariamente o por aplicación de la ley, excepto por voluntad o las leyes de ascendencia y distribución y durante la vigencia de El Participante, esta opción sólo podrá ser ejercitada por el Participante. 8. Ningún derecho como accionista. El Participante no tendrá derechos como accionista de la Compañía con respecto a ninguna acción común cubierta por las Acciones, a menos y hasta que el Participante se haya convertido en el tenedor de registro de dichas acciones ordinarias y no se harán ajustes por dividendos u otros bienes, distribuciones U otros derechos con respecto a dichas acciones ordinarias, salvo que específicamente se disponga lo contrario en el Plan. 9. Ninguna obligación de continuar el empleo. Este acuerdo no es un acuerdo de empleo. Este acuerdo no garantiza que la Compañía empleará al Participante durante un período de tiempo específico ni modificará en ningún sentido el derecho de la Compañía a terminar o modificar el empleo o la compensación del Participante. 10. Ley aplicable. Todas las preguntas referentes a la construcción, validez e interpretación de este acuerdo se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes del Estado de Delaware, sin tener en cuenta la elección de los principios legales de la misma. 11. Artículo 409A. La intención de las partes es que los beneficios bajo este acuerdo estén exentos de las disposiciones de la Sección 409A del Código y, en consecuencia, hasta el máximo permitido, este acuerdo se interpretará como limitado, interpretado e interpretado de acuerdo con tal intención. En ningún caso la Compañía será responsable de ningún impuesto adicional, intereses o penalidades que pueda ser impuesto al Participante por la Sección 409A del Código o cualquier daño por no cumplir con la Sección 409A del Código bajo este Contrato o de otra manera. 12. Disposiciones del Plan. Esta opción está sujeta a las disposiciones del Plan (incluyendo las disposiciones relacionadas con las enmiendas al Plan), una copia de la cual se entrega al Participante con esta opción. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, la Compañía ha hecho que esta opción sea ejecutada bajo su sello corporativo por su funcionario debidamente autorizado. Esta opción tendrá efecto como un instrumento sellado. Número de Seguro Social del (de los) Titular (es). Yo represento, garantizo y pacto lo siguiente: 1. Estoy comprando las Acciones para mi propia cuenta sólo para inversión, y no con vistas a, o para la venta en relación con, ninguna distribución de las Acciones en violación de la Ley de Valores de 1933 (la Ley de Valores 147), o cualquier regla o reglamento bajo la Ley de Valores. He tenido la oportunidad que he juzgado adecuada para obtener de los representantes de la Compañía la información que sea necesaria para permitirme evaluar los méritos y riesgos de mi inversión en la Compañía. Tengo experiencia suficiente en asuntos de negocios, financieros y de inversión para poder evaluar los riesgos involucrados en la compra de las Acciones y tomar una decisión de inversión informada con respecto a dicha compra. Puedo permitir una pérdida total del valor de las Acciones y puedo soportar el riesgo económico de mantener dichas Acciones por un período indefinido. Entiendo que (i) las Acciones no han sido registradas bajo la Ley de Valores y son valores restringidos148 en el sentido de la Regla 144 de la Ley de Valores, (ii) las Acciones no pueden ser vendidas, transferidas o de otra manera alienadas a menos que sean registradas posteriormente (Iii) en cualquier caso, la exención de registro bajo la Regla 144 no estará disponible por al menos un año e incluso entonces no estará disponible a menos que exista entonces un mercado público para el Common Stock, la información adecuada sobre la Compañía está disponible para el público y se cumplen otros términos y condiciones de la Regla 144 y (iv) ahora no hay ninguna declaración de registro en archivo con la Comisión de Bolsa y Valores con respecto a cualquier acción de La Compañía y la Compañía no tienen ninguna obligación o intención actual de registrar las Acciones bajo la Ley de Valores. Muy verdaderamente suyo, la opción de acciones de incentivos ISO. Un tipo de opción de compra de acciones de los empleados que proporciona ventajas fiscales para el empleador que una opción de acciones no calificadas no, pero que está sujeta a requisitos más estrictos. Para ISOs, no se debe pagar el impuesto sobre la renta cuando se otorgan las opciones o cuando se ejercen. En cambio, el impuesto se aplazó hasta que el tenedor vende la acción. Momento en el que se le grava por su ganancia completa. Mientras la venta sea por lo menos dos años después de que las opciones fueron concedidas y por lo menos un año después de que fueron ejercitadas, theyll se gravan en el más bajo. En caso contrario, la venta se considerará una disposición descalificadora y se gravarán como si fueran opciones no calificadas (la ganancia en el ejercicio se grava como ingreso ordinario y cualquier plusvalía posterior se grava como plusvalías). NSO AMT Opción de compra de acciones no estatutaria Opción de compra de acciones no estatutaria Dividendo de dividendos Equivalente derecho Elemento de negociación Impuesto mínimo alternativo Copia de Copyright 2016 WebFinance, Inc. Todos los derechos reservados. Prohibida la duplicación, en todo o en parte, está estrictamente prohibido. Opción de compra de acciones (ISO) Tiempo real después de las horas Pre-Market News Resumen de cotizaciones Resumen Cotizaciones interactivas Configuración predeterminada Tenga en cuenta que una vez que haga su selección, se aplicará a todos Futuras visitas a NASDAQ. Si, en cualquier momento, está interesado en volver a nuestra configuración predeterminada, seleccione Ajuste predeterminado anterior. Si tiene alguna pregunta o algún problema al cambiar la configuración predeterminada, envíe un correo electrónico a isfeedbacknasdaq. Confirme su selección: Ha seleccionado cambiar su configuración predeterminada para la Búsqueda de cotizaciones. Ahora será su página de destino predeterminada a menos que cambie de nuevo la configuración o elimine las cookies. ¿Está seguro de que desea cambiar su configuración? Tenemos un favor que pedir. Por favor, deshabilite su bloqueador de anuncios (o actualice sus configuraciones para asegurarse de que se habilitan javascript y cookies), para que podamos seguir proporcionándole las noticias de primera clase del mercado. Y los datos que usted espera de nosotros.26 CFR 1.422-2 - Opciones de incentivos definidas. Beta El texto de la pestaña eCFR representa el texto eCFR no oficial en ecfr. gov. XA7 1.422-2 Opciones de acciones de incentivos definidas. (A) Opción de compra de incentivos definida - (1) En general. El término opción de acciones de incentivo significa una opción que cumple con los requisitos del párrafo (a) (2) de esta sección en la fecha de otorgamiento. Una opción de acciones de incentivo también está sujeta a la limitación de 100.000 descrita en xA7 1.422-4. Una opción de acción de incentivo puede contener una serie de disposiciones admisibles que no afectan el estatus de la opción como una opción de acciones de incentivo. Véase xA7 1.422-5 para las normas relativas a las disposiciones admisibles de una opción de acciones de incentivo. (2) Requisitos de las opciones. Para calificar como una opción de acción de incentivo bajo esta sección, una opción debe ser otorgada a un individuo en relación con el empleo individual por la corporación que otorga tal opción (o por una corporación relacionada como se define en xA7 1.421-1 (i) (2) ), Y se concede sólo para las acciones de cualquiera de dichas corporaciones. Además, la opción debe cumplir con todos los siguientes requisitos: (i) Debe otorgarse de acuerdo con un plan que cumpla con los requisitos descritos en el párrafo (b) de esta sección. (Ii) Debe otorgarse dentro de los 10 años a partir de la fecha De la adopción del plan o de la fecha en que el mismo sea aprobado por los accionistas, lo que ocurra primero (véase el apartado c) de esta sección) (iii) No podrá ejercerse después de transcurridos 10 años desde la fecha de concesión Iv) Deberá disponer que el precio de la opción por acción no sea inferior al valor justo de mercado de la acción en la fecha de la concesión (véase el párrafo e) de esta sección); v) Por sus términos, no debe ser transferible por el individuo a quien se otorga la opción, excepto por voluntad o las leyes de ascendencia y distribución, y debe ser ejercitable, durante la vida de tales individuos, sólo por dicho individuo (véase xA7xA7 1.421-1 (B) (2) y 1.421-2 (c)) y (vi) Salvo lo dispuesto en el párrafo (f) de esta sección, debe otorgarse a una persona que, al momento de otorgarse la opción, no posee Acciones que poseen más del 10 por ciento del total del poder de voto combinado de todas las clases de acciones de la corporación que emplea tal individuo o de cualquier corporación relacionada de dicha corporación. (3) Modificación de los términos de las opciones. Salvo disposición en contrario en xA7 1.424-1, la modificación de los términos de una opción de compra de acciones de incentivo puede hacer que deje de ser una opción descrita en esta sección. Si los términos de una opción que ha perdido su estatus como una opción de acciones de incentivo se cambian posteriormente con la intención de volver a calificar la opción como una opción de acciones de incentivo, tal cambio da lugar a la concesión de una nueva opción en la fecha del cambio . Véase xA7 1.424-1 (e). (4) Los términos ofrecen opción no una opción de acciones de incentivo. Si los términos de una opción, una vez concedida, estipulan que no serán tratados como una opción de acciones de incentivo, dicha opción no se tratará como una opción de compra de acciones de incentivo. (1) En general. Una opción de acción de incentivo debe ser otorgada de acuerdo con un plan que cumple con los requisitos de este párrafo (b). La facultad de otorgar otras opciones de compra de acciones u otros premios basados en acciones conforme al plan, cuando el ejercicio de esas otras opciones o premios no afecte al ejercicio de opciones sobre acciones de incentivos otorgadas de conformidad con el plan, no descalifica tales opciones de incentivos. El plan debe ser por escrito o en forma electrónica, siempre y cuando dicha forma escrita o electrónica sea adecuada para establecer los términos del plan. Véase xA7 1.422-5 para las normas relativas a las disposiciones admisibles de una opción de acciones de incentivo. (2) Aprobación de accionistas. (I) El plan requerido por este párrafo (b) debe ser aprobado por los accionistas de la corporación que otorga la opción de compra de acciones de incentivo dentro de los 12 meses anteriores o posteriores a la fecha de adopción de dicho plan. Ordinariamente, se aprueba un plan cuando es aprobado por el consejo de administración de las corporaciones concesionarias y la fecha de la acción de las juntas es el punto de referencia para determinar si la aprobación del accionista ocurre dentro del período de 24 meses aplicable. Sin embargo, si la acción de los consejos está sujeta a una condición (como la aprobación de los accionistas) o al acontecimiento de un evento en particular, el plan se adopta en la fecha en que se cumple la condición o el evento ocurre, a menos que la resolución de los consejos fije la fecha de aprobación Como la fecha de la acción de las juntas. (Ii) Para los fines del párrafo (b) (2) (i) de esta sección, la aprobación del accionista debe cumplir con las reglas descritas en xA7 1.422-3. (Iii) Las disposiciones relativas al número total máximo de acciones a emitir en virtud del plan (descrito en el párrafo (b) (3) de esta sección) y los empleados (o clase o clases de empleados) elegibles para recibir opciones bajo el (Descritos en el párrafo (b) (4) de esta sección) son las únicas provisiones de un plan de opciones sobre acciones que, si se cambian, deben ser re-aprobadas por los accionistas para propósitos de la sección 422 (b) (1). Cualquier aumento en el número total máximo de acciones que se pueden emitir bajo el plan (que no sea un aumento que simplemente refleje un cambio en el número de acciones en circulación, como un dividendo en acciones o dividendo de acciones) o un cambio en la designación de los empleados (O clase o clase de empleados) elegibles para recibir opciones bajo el plan se considera la adopción de un nuevo plan que requiere la aprobación de los accionistas dentro del período prescrito de 24 meses. Además, un cambio en la sociedad otorgante o en la acción disponible para compra o adjudicación bajo el plan se considera la adopción de un nuevo plan que requiera la aprobación del nuevo accionista dentro del período prescrito de 24 meses. Cualquier otro cambio en los términos de un plan de opciones de acciones de incentivo no se considera la adopción de un nuevo plan y, por lo tanto, no requieren la aprobación de los accionistas. (3) Número máximo total de acciones. (I) El plan requerido por este párrafo (b) debe designar el número total máximo de acciones que se pueden emitir bajo el plan a través de opciones de incentivos. Si se pueden otorgar opciones no estatutarias u otros premios basados en acciones, el plan puede designar por separado los términos para cada tipo de opción u otros premios basados en acciones y designar el número máximo de acciones que se pueden emitir bajo dicha opción u otros premios basados en acciones . A menos que se especifique lo contrario, todos los términos del plan se aplican a todas las opciones y otros premios basados en acciones que se pueden otorgar bajo el plan. (Ii) Un plan que simplemente estipula que el número de acciones que pueden ser emitidas como opciones de acciones de incentivos bajo dicho plan no puede exceder un porcentaje determinado de las acciones en circulación en el momento de cada oferta o donación bajo dicho plan que no cumple el requisito Que el plan indique el número total máximo de acciones que pueden ser emitidas bajo el plan. Sin embargo, el número total máximo de acciones que se pueden emitir en virtud del plan puede expresarse en términos de un porcentaje de las acciones autorizadas, emitidas o en circulación en la fecha de adopción del plan. El plan puede especificar que el número total máximo de acciones disponibles para las donaciones bajo el plan puede aumentar anualmente por un porcentaje especificado de las acciones autorizadas, emitidas o en circulación en la fecha de adopción del plan. Un plan que estipule que el número máximo de acciones que pueden ser emitidas como opciones de incentivo de acciones bajo el plan puede cambiar en base a cualquier otra circunstancia especificada cumple con los requisitos de este párrafo (b) (3) sólo si los accionistas aprueban una determinación inmediata Máximo agregado de acciones que se puedan emitir bajo el plan en cualquier caso. (Iii) Es permisible que el plan provea que las acciones compradas bajo el plan puedan ser suministradas al plan mediante adquisiciones de acciones sobre las acciones de mercado abierto adquiridas bajo el plan y perdidas de las acciones del plan devueltas en pago del ejercicio
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